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8 de octubre de 2024

A 80 años de la sanción del Estatuto del Peón: las protestas de la madre de Perón y de la Sociedad Rural

La norma que contemplaba los derechos laborales del trabajador rural. Por primera vez el Estado figuraba en la ecuación de la relación desigual entre patrón, que era el que ponía las condiciones, y empleado, que no tenía más remedio que acatarlas

>Cuando logró la sanción del Estatuto del Peón, Juan Domingo Perón, por entonces Secretario de Trabajo y Previsión tuvo un reproche inesperado. No fue de ninguna entidad o sector político, sino de su propia madre, Juana Sosa, que tenía campos en Chubut y con gente a cargo. En una carta a su hijo le reclamó: “Si vos creés que yo puedo pagar 150 pesos a los peones, te has vuelto loco”, a lo que su hijo le respondió algo así como que “si no podés pagar, tenés que dejarlos ir a otra parte donde le paguen más. En vez de tener veinte, tené diez, pero pagales”.

“Tenemos que ir al campo, llegar a la peonada”, insistía Perón a sus colaboradores de la Secretaría, consciente de que si quería llegar a la presidencia, debía ganarse a la gente de tierra adentro. Estaba muy interesado en que saliera, más aún cuando prácticamente las normas laborales respecto a los peones, hasta entonces, se referían al pago de salarios en moneda nacional y a los que operaban máquinas agrícolas y que estaban incluidos en el régimen de accidentes de trabajo.

Los trabajadores, que vivían miserablemente, estaban sometidos a todo tipo de abusos, tanto en las estancias como en los ingenios azucareros, tabacaleros o en los montes, donde se les pagaba con provisiones o con vales, que solo podían cambiar en almacenes de los patrones.

Ante asambleas de trabajadores, Perón sostenía la necesidad de aplicar una amplia reforma para que la gente retornase al campo, que vivía malamente en las ciudades. Que si no se revertía esta situación, sería imposible la vida en las ciudades y que por el juego de la oferta y la demanda, los sueldos descenderían, y que por eso había que encarar una reforma rural.

La norma de 29 artículos, elaborada por el equipo legal de la Secretaría, estaba dirigida a los trabajadores rurales permanentes y no a los que se empleaban temporariamente para las cosechas.

Perón era consciente del cimbronazo que provocaría en los patrones, por eso en su artículo 3° establecía que “el cuadro completo de derechos que el mismo prevé en ningún caso deberá ser interpretado por los beneficiarios o por autoridad alguna en el sentido de crear divergencias o de romper la tradicional armonía que debe ser característica permanente en el desarrollo del trabajo rural”.

Las mejoras corrían para los trabajadores entre 18 y 60 años, pero nada decía de los menores de edad que también desempeñaban tareas rurales, y que estaban legalmente desprotegidos.

No especificaba la cantidad de horas diarias a trabajar, pero determinaba cómo debían ser los descansos. Se deberían respetar treinta minutos para el desayuno; una hora para el almuerzo durante mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre y tres horas y media para los meses restantes, y por último media hora para la colación de la tarde. El descanso dominical era obligatorio y solo se contemplarían trabajos urgentes y que, si se implementaba una suerte de guardia ese día, se le compensaría al peón con un día libre durante la semana.

El alojamiento debe ser el adecuado, con un espacio de quince metros cúbicos por persona, con muebles personales, manteniendo la higiene y con luz natural, y no podrán adaptarse habitaciones en galpones de trabajo o que estén ocupados por animales.

La comida, abundante, se serviría en comedores, que también cumplirá las funciones de un ámbito de esparcimiento, donde la luz debía permanecer encendida una hora después de terminada la cena.

Al peón se le suministraría ropa y calzado adecuado para el trabajo a la intemperie y era preciso realizar el ordeñe bajo techo o tinglado, construcción que correría por cuenta del patrón, quien además debería solventar los gastos médicos y de remedios de sus trabajadores -aunque contemplaba que podía transferir esta responsabilidad a entidades o aseguradoras- y el peón se reservaba la prerrogativa de reclamar la asistencia en caso necesario. Además, el lugar de trabajo debería contar con un botiquín de primeros auxilios.

Para el patrón que no cumpliera con alguna de estas disposiciones, podía ser pasible de acciones judiciales, de multas de diez a cinco mil pesos moneda nacional por cada trabajador o en su defecto, arresto de un día a seis meses.

Sería la Secretaría de Trabajo y Previsión la que velaría el cumplimiento de este estatuto, con lo que el Estado aparecía en la ecuación entre patrón y peón.

Perón lo defendió a capa y espada. “El estatuto se cumplirá pese a quien pese y cueste a quien cueste”. Dijo que había sido producto de un trabajo hecho a conciencia, viajando por todo el país, comprobando las condiciones laborales de los que trabajaban en el campo, y que venía a solucionar “uno de los problemas más fundamentales de la política social argentina”.

Aseguró que si bien la Constitución de 1853 había abolido la esclavitud, era algo figurativo, porque había gente que ganaba de 12 a 30 pesos por mes. “La vergüenza actual es que casi medio millón de hombres estén ganando menos de 40 pesos por mes, mal cobijados, mal vestidos y mal comidos”.

El peón contaría con un aliado, el fuero de la justicia del trabajo, también creado por Perón en 1944. Allí se dirimirían los litigios surgidos en la relación con la patronal. En los comienzos, fue duro para el peón ir al juez, denunciar al patrón y regresar al trabajo, pero no así a la hora de reclamar por un despido arbitrario.

Se hizo escuchar la Sociedad Rural, quien se preguntó si los gobernantes estaban en condiciones de resolver con fundamento técnico y sentido de la oportunidad cuestiones de material social sin escuchar la posición del sector empresario.

Perón sabía los riesgos que corría con estos grupos. Primero, quería tenerlos de su lado porque integraban un significativo grupo de poder al que no se debía descuidar y además lo último que deseaba es que la aplicación del Estatuto trajera aparejados conflictos que afectasen a la producción agrícola ganadera.

Nuevas normas llevaron a la creación, en 1947, de la Federación Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, que luego sería la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores, la UATRE.

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