Sábado 21 de Diciembre de 2024

Hoy es Sábado 21 de Diciembre de 2024 y son las 12:57 - ESCUCHA EL AGUANTE XXIV TEMPORADA DE LUNES A VIERNES DESDE LA 07:00 - 08 :00 - Primera Edición - 10:00 - 13:00 Segunda Edición - CONDUCE:Juan José Juarez - Tef.3877-439295 -

27 de noviembre de 2024

Trabajadores que renuncien o sean despedidos tienen derecho a la prima navideña: esto dice la ley

En Colombia, los derechos laborales protegen a los trabajadores al garantizarles la prima de servicios, incluso al renunciar o ser despedidos antes de la fecha de pago

>En Colombia, la legislación laboral establece que los trabajadores tienen derecho a recibir la prima de servicios incluso si renuncian o son despedidos antes de la fecha de pago.

Ahora puede seguirnos enLa prima de servicios es una prestación social obligatoria en Colombia, que se paga en dos periodos al año, según el Código Sustantivo del Trabajo. Este pago debe realizarse a más tardar el 20 de diciembre y equivale a medio salario mensual por cada semestre trabajado.

En caso de que un trabajador haya laborado menos de seis meses, el pago de la prima será proporcional al tiempo trabajado, calculado en función del salario básico mensual, los días laborados y, si corresponde, el subsidio de transporte.

En situaciones en las que un empleado decide renunciar o es despedido justo antes de la fecha de pago de la prima, surgen dudas sobre el manejo de este beneficio. Sin embargo, la normativa es clara: el trabajador debe recibir la prima correspondiente a los días efectivamente trabajados.

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!